Una norma muy importante emitida
en los últimos días del gobierno del ex Presidente Kuczynski, ha sido la
aprobación del Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, titulado como “Reglamento que
regula las Políticas Nacionales” pero que en realidad en sus contenidos sienta
orientaciones y bases para la gestión del Estado en el largo plazo así como el
alineamiento de políticas públicas, su implementación a través del planeamiento
y su operación con enfoque territorial, explicitando además el enfoque de
género e intercultural.
Valioso avance en el ordenamiento
de la organización y gestión del Estado, para un desarrollo equitativo,
sostenible y sustentable, pero además con mirada estratégica hacia una visión de
futuro compartido.
Por primera vez, desde su acuerdo
por consenso entre diferentes actores del país, las Políticas del Acuerdo
Nacional, se incorporan al proceso de institucionalización y se definen como el
marco de Políticas de Estado de largo aliento a las que nos dirigimos. Más allá
del marco internacional de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, es
importante rescatar la aspiración consensuada hacia el bienestar de la persona,
así como el desarrollo humano y solidario que señala el Foro del Acuerdo
Nacional con sus cuatro grandes objetivos: Democracia y Estado de Derecho, Equidad
y Justicia Social, Competitividad del País y Estado Eficiente, Transparente y
Descentralizado.
Un aspecto importante que señala
esta norma, es cómo enlaza las Políticas de Estado del Acuerdo Nacional a la
institucionalidad y gestión del Estado, y es que precisa que estas Políticas de
Estado se concretan a través del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional. Recordemos
que, hasta la fecha contamos con el Plan Bicentenario – Perú hacia el 2021,
aprobado en el 2011; teniendo un horizonte restante de tres años, no se puede
hablar de largo plazo; por lo tanto, como recientemente lo ha señalado el Presidente de CEPLAN, no disponemos de un Plan de largo plazo actualizado, ni siquiera aun
definen si debiera ser al 2030 o al 2050, menos aún, no se define esa visión de
futuro compartido. Preocupante porque además señala que no hay plazo para
elaborar el Plan.
Un concepto diferenciado de las Políticas
de Estado, que se enuncia en esta norma son las Políticas Nacionales, señalando
a estas últimas como la priorización de objetivos y acciones para resolver un
problema público, las cuales pueden ser de carácter sectorial o multisectorial.
Este carácter, puede responder a la actual organización sectorial del Estado, así
como a los aspectos metodológicos de su actual gestión en mixtura de la gestión
tradicional inercial y el enfoque por resultados, introducido en la Política de
Modernización de la Gestión Pública, así como en el Presupuesto por Resultados
desde el 2008. Esta mirada sectorial que aún prevalece, obedece a un retraso
desde la planificación misma del Estado que no termina de articular ni alinear
procesos a objetivos de política nacional con resultados en función al
ciudadano. Gran tarea pendiente, muy relacionada a lo señalado en el párrafo
anterior, que incluso debiera decantar en una Reforma en la organización del
Estado.
Al respecto, podríamos decir que
los procesos pueden ser de arriba hacia abajo o de abajo hacia arriba, por lo
cual traemos a colación un concepto muy importante señalado en esta norma y es
los MODELOS de provisión de bienes y servicios orientados al ciudadano, muy afín
a un acuerdo del IV GORE de mayo del año pasado, por el cual se señala definir
roles y responsabilidades de cada nivel de gobierno en la entrega de un bien o
servicio. Este ejercicio de alguna
manera forzará a identificar la cadena de valor y el ciclo de producción del servicio
en el actuar de los sistemas administrativos de cada nivel de gobierno. Ojalá
que incorporando el enfoque territorial se pueda definir que, es mandatorio
pensar en resultados y siempre con carácter multisectorial, centrados en los
ciudadanos. Esta dinámica permitirá visualizar mucho mejor los objetivos de política
nacional, desterrando miradas sectoriales y posiblemente revisando los actuales
sistemas funcionales e incorporando aspectos relativos a la gobernanza y
gobernabilidad.
Finalmente, un concepto muy
importante en la actual coyuntura que se incorpora en esta norma es la Política
General de Gobierno, descrita como el conjunto de políticas priorizadas que se
desarrollan a través de las políticas nacionales durante un periodo de
gobierno; es decir, en el marco de las Políticas de Estado y las Políticas
Nacionales existentes o a actualizar, cada gobierno priorizará sus objetivos de
gobierno los cuales serán aprobados mediante Decreto Supremo.
Como se recuerda, en su discurso
de investidura, el Pdte. Martin Vizcarra expuso como sus prioridades de
gobierno acciones en materia de Educación, Salud, Seguridad Ciudadana,
Generación de Empleo de calidad, Fomento de la inversión privada, Apoyo a la
pequeña y mediana empresa; Infraestructura sostenible, Competitividad
económica, Lucha contra la corrupción, para un Desarrollo Equitativo,
Democrático e Integrador. Por otro lado, en días pasados el Premier Villanueva
anunció una ronda de diálogos con las bancadas parlamentarias teniendo como ejes
de su Plan de Trabajo con el Legislativo aspectos en materia de Crecimiento de
la economía, Lucha contra la corrupción, Fortalecimiento institucional y “Temas”
de Infancia; previo a su exposición de la Política General del Gobierno ante el
Congreso este 2 de mayo, donde solicitará el voto de confianza.
Sería conveniente que definan
bien sus prioridades, por cuanto estas deberán reflejarse en metas para el
periodo de gobierno. Esta norma también señala que el seguimiento a las metas
que se prioricen en la Política General de Gobierno estarán a cargo de la
Oficina de Cumplimiento de Gobierno e Innovación Sectorial de la PCM, la cual corresponde,
en parte, a la figura del Centro de Gobierno, cuyas acciones deben estar
articuladas al CEPLAN y el MEF a fin de asegurar el debido financiamiento que
garantice el cumplimiento de los objetivos priorizados y las políticas
nacionales en equilibrio con el marco macroeconómico multianual, acorde a las
recomendaciones de la OCDE.
A pesar de que en líneas generales la norma
tiene algunos traslapes materiales y muchas tareas pendientes en cuanto a instrumentalización
sobretodo por parte de CEPLAN así como la Secretaria de Gestión Pública y la
Secretaria de Descentralización; consideramos que es un valioso marco para
definir hacia dónde vamos, qué pasos damos y en qué plazos y cómo el Estado
debe rendir cuenta de los avances y logros ante la ciudadanía, hacia una visión
de futuro compartido en cohesión.
Mis felicitaciones por la pedagogía de tu artículo. Al respecto debo sugerir que se deba concluir con las evaluaciones de todas las funciones transferidas y sobre ellas identificar los aspectos críticos a los que debemos aplicar una prospección que nos permita la priorización y su correspondientes estrategías para cada función pública. No olvidemos que la Descentralización es un proceso continuo.Solo con estas prevías podríamos interconectar y articular las políticas públicas sectoriales y multisectoriales.
ResponderBorrarExcelente artículo!
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